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PALESTRA OPINA | ¿Estamos listos para una «telehuelga»?

Por Carlos Valverde Reyes
Abogado y autor de nuestra reciente obra «Huelga y arbitraje laboral»

Recientemente se debate la modificación del reglamento de la Ley del Teletrabajo. El Ministerio del Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) propone ajustes respecto a la seguridad de documentos confidenciales, comunicación de averías de conectividad, cambio del lugar de trabajo, evaluación de riesgos, pausas activas y el control de actividades extralaborales. Sin embargo, siguen ausentes medidas que garanticen la libertad sindical en el teletrabajo. 

La irrupción de la pandemia y el vertiginoso avance de las Tecnologías de Información y Comunicación (TIC) fueron claves en la expansión del teletrabajo. La realidad dio paso a la ley que adaptó las instituciones laborales a la nueva dinámica. Suerte que también debieron seguir los derechos a la sindicalización, negociación colectiva y huelga. 

La digitalización y la descentralización del trabajo plantean retos a la garantía de la libertad sindical, o, más precisamente, al derecho de huelga. A propósito de ello, un antecedente importante fue el Decreto Legislativo 1499 (mayo del 2020). En plena crisis sanitaria, esta norma jurídica permitió -y promovió- la virtualización de las comunicaciones y el quehacer sindicales. No obstante, guardó silencio sobre la posibilidad de ejecutar una huelga sin que los afiliados a una organización sindical salgan de sus casas. No me refiero a cumplir con el procedimiento y requisitos -que sobradamente pueden digitalizarse-, sino a su materialización, a parar desde un entorno no presencial.  

Ciertamente, la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo exige que la huelga se realice fuera del centro de trabajo. ¿Cuál es, realmente, el centro de trabajo en el teletrabajo? ¿La desconexión digital, por horas o días, es una modalidad lícita de huelga? Estas y otras cuestiones vinculadas pudieron tratarse en la Ley del Teletrabajo. ¿Podríamos hablar de “puestos esenciales” en el teletrabajo? ¿Cómo actuaría la fiscalización laboral en un escenario de esquirolaje digital? En la actualidad, estas preguntas ya no suenan distópicas. Nuestra legislación laboral no está lista para una “telehuelga”. Es necesario tocar el tema y proponer soluciones adaptadas, antes de que la fuerza de los hechos nos obligue a hacerlas, como ocurrió con la Ley del Teletrabajo.

LECTURA RECOMENDADA

HUELGA Y ARBITRAJE LABORAL

La obra analiza la relación entre el arbitraje laboral y el derecho de huelga, en el marco de lo regulado en la Ley de relaciones colectivas de trabajo.
El libro está compuesto por cuatro capítulos. El primer capítulo desarrolla la conceptualización de los conflictos laborales, los mecanismos de solución pacífica de los conflictos laborales y la respuesta estatal frente a estos. El segundo, sistematiza los pronunciamientos de los órganos de control de la OIT y del sistema interamericano de derechos humanos, respecto a la compatibilidad de los mecanismos de solución pacífica de los conflictos laborales con los derechos colectivos del trabajo, con énfasis en el arbitraje y el derecho de huelga, respectivamente. Luego de establecer los estándares internacionales sobre la materia estudiada, el tercer capítulo detalla el tratamiento normativo, administrativo y judicial del derecho de huelga relacionado al arbitraje laboral. Finalmente, el cuarto capítulo efectúa un desarrollo histórico de la regulación del derecho de huelga para dar paso a una propuesta de reforma acorde con la garantía de dicho derecho.

One Reply to “PALESTRA OPINA | ¿Estamos listos para una «telehuelga»?”

  1. Hilda Rojas Sinche dice:

    Interesantes interrogantes las que nos plantea el autor. Considero que la legislación debe prestar atención a los derechos laborales en la era digital, y, principalmente, a cómo se pueden hacer efectivos en dicho entorno. El derecho de huelga en el ámbito del teletrabajo, sin duda, es un punto que merece ser tratado en la agenda de las y los legisladores peruanos.

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