La tragedia del consentimiento

La tragedia del consentimiento

Hacia una reforma del sistema de justicia en que el arbitraje sea la jurisdicción por defecto

Autor: Fabio Núñez del Prado (Perú)
Formato: 14.5 x 20.5 cm
Páginas: 292
ISBN: 9786123251024
Año: 2019

Descripción del producto

Frente al paradigma de que la justicia contractual constituye un bien público, el autor sostiene que se ha generado durante los últimos años un proceso de reivindicación en el cual el arbitraje retorna y viene a reclamar un terreno que le pertenece: la resolución de las controversias comerciales.

Las personas han notado las ineficiencias del Poder Judicial y se han dado cuenta de que el arbitraje es una mejor elección. Como muestra de ello, en los contratos comerciales relevantes lo usual es pactar un arbitraje. Hoy en día es difícil hallar un contrato importante que no incorpore una cláusula arbitral.

En esa línea resulta curioso que muchas veces se considere al arbitraje como un mecanismo alternativo de resolución de conflictos. Y es que se trata de cualquier cosa menos de un mecanismo alternativo. Para el autor, el arbitraje se ha convertido en el mecanismo natural de resolución de controversias comerciales. Fácticamente es la regla, y como tal no puede ser una alternativa.

En el marco de este de proceso de reivindicación espontánea, el autor propone consagrar al arbitraje como la “default jurisdiction” (o jurisdicción por defecto) para todas las controversias de carácter patrimonial. En un mundo como el que vivimos el arbitraje ha llegado, y ha llegado para quedarse.

PRESENTATION
PRESENTACIÓN
Gilles Cuniberti

PRESENTACIÓN
Alfredo Bullard

PRÓLOGO
Fernando Cantuarias S.

CAPÍTULO I
INTRODUCCIÓN: EL ETERNO RETORNO
I. La confusión post-hobbesiana que nos condenó
II. El eterno retorno

CAPÍTULO II
BREVE DESCRIPCIÓN DE LA PROBLEMÁTICA –
DIAGNÓSTICO DEL SISTEMA JUDICIAL EN EL PERÚ

CAPÍTULO III
¿ES EL CONSENTIMIENTO INHERENTE AL ARBITRAJE?
I. La naturaleza contractual del arbitraje
II. La naturaleza praxeológica del arbitraje
CAPÍTULO IV
LA TRAGEDIA DEL CONSENTIMIENTO
I. Un caso para empezar
II. Los incontables problemas que crea el contractualismo del arbitraje

CAPÍTULO V
TRES RAZONES ECONÓMICAS Y UN FENÓMENO
ECONÓMICO QUE DEMUESTRAN QUE EL ARBITRAJE
DEBE SER LA “DEFAULT JURISDICTION”
I. Primera razón: debe consagrarse al arbitraje como
“default jurisdiction” porque bajo la teoría económica se
debe elegir como “default rule” a la regla que prefiera la mayoría
II. Segunda razón: el hecho de que los costos de transacción en
el mercado de solución de controversias patrimoniales sean
bajos devela que la justicia patrimonial debe privatizarse
III. Tercera razón: la justicia patrimonial debe privatizarse porque
constituye un bien privado desde la perspectiva económica
IV. Fenómeno económico: debe consagrarse el arbitraje
como “default jurisdiction” en aplicación de la
teoría de las fallas de gobierno

CAPÍTULO VI
LAS CINCO CATÁSTROFES ECONÓMICAS QUE HAN OCURRIDO DEBIDO A QUE LA JUSTICIA PATRIMONIAL HA SIDO TRATADA EN EL PERÚ COMO UN BIEN PÚBLICO Y UNA SOLUCIÓN ECONÓMICA
I. Primera catástrofe económica: los litigantes no internalizan los
costos de los servicios que consumen, ni los costos sociales
que generan en el sistema
II. Segunda catástrofe económica: incentivos perversos y el
problema del free-riding
III. Tercera catástrofe económica: sobre-litigación y
tragedia de los comunes
IV. Cuarta catástrofe económica: racionamiento de la justicia,
colas interminables y retrasos en la justicia
V. Quinta catástrofe económica: problema de agencia,
public choice e ineficiencia
VI. Una solución económica: la creación de un régimen de propiedad
privada y la introducción de un sistema de precios a través del
reconocimiento del arbitraje como la default jurisdiction

CAPÍTULO VII
EL ARBITRAJE DEBE CONSAGRARSE COMO LA
“DEFAULT JURISDICTION” PORQUE ES EL SISTEMA MÁS
COMPATIBLE CON LA LIBERTAD Y LOS VALORES QUE
INSPIRAN UN ESTADO DE DERECHO
I. La libertad en un Estado de Derecho
II. Un caso para ilustrar
III. La consagración del contractualismo del arbitraje es,
a su vez, la negación de la libertad

CAPÍTULO VIII
RESPUESTA A LAS CRÍTICAS DE LA PROPUESTA DEL
ARBITRAJE COMO “DEFAULT JURISDICTION”
1. Argumento histórico: históricamente la justicia estatal
siempre fue la “default jurisdiction”
II. Argumento distributivo: los pobres no pueden
asumir los costos de un arbitraje
III. Argumento económico: la creación de derecho mediante la
jurisprudencia es un bien público, por lo que tiene sentido que
se reconozca a la justicia estatal como la “default jurisdiction”

CAPÍTULO IX
LOS CUESTIONAMIENTOS AL CARÁCTER PÚBLICO DE LA
JUSTICIA Y A LA NATURALEZA CONTRACTUAL DEL
ARBITRAJE YA HAN EMPEZADO

CAPÍTULO X
PRIVATICEMOS LA JUSTICIA PATRIMONIAL: HACIA UNA
REFORMA DEL SISTEMA DE JUSTICIA EN QUE EL
ARBITRAJE SEA LA “DEFAULT JURISDICTION”
I. El arbitraje en un sistema liberal y competitivo
II. ¿Qué quiere decir que el arbitraje sea la “default jurisdiction”?
III. Consecuencias de que se consagre al
arbitraje como “default jurisdiction”
IV. ¿Cuáles serían las modificaciones que se tendrían que
realizar para que el arbitraje sea la “default jurisdiction”?
V. ¿Cómo sería diseñado el mundo en que el arbitraje es la
“default jurisdiction”?

COLOFÓN

CONCLUSIONES

BIBLIOGRAFÍA

Fabio Núñez del Prado

Asociado del estudio Payet, Rey, Cauvi & Pérez, especialista en Derecho comercial y arbitraje nacional e internacional. Profesor del Seminario de Estrategia Procesal y Litigación Oral en la Facultad de Derecho de la Pontificia Universidad Católica del Perú y del curso “Teoría del Conflicto y Mecanismos de Solución”.

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