¿En qué sentido la Constitución languidece? Lánguido[a] significa, según el diccionario de la RAE, flaco, débil, fatigado. En su segunda acepción, se dice de algo de poco valor o relevancia. Que la Constitución languidece quiere expresar, en sentido figurado, que va perdiendo su valor o importancia social.
Languidece en su valor social y languidece también en su valor jurídico. Si una ley puede reformar su contenido y las instancias llamadas a defenderla convalidan estos atropellos renunciando al control, la Constitución languidece como norma fundamental. Cuando la Constitución languidece, también ocurre lo mismo con los derechos y la estrategia de la limitación del poder. Este es el riesgo de nuestro tiempo y es lo que denuncia el libro ante la audiencia de jueces, abogados, estudiantes y, ojalá también, ante los ciudadanos. La última salvaguarda de la Constitución son los ciudadanos, de ahí la importancia de comunicar, desde la Academia, los riesgos que suponen la degradación constitucional que caracteriza este periodo de crisis de nuestra historia.
Contenido
PARTE I
CONSTITUCIÓN Y DEMOCRACIA
Mitos y ficciones sobre el poder constituyente en el Estado Constitucional
El retorno a la bicameralidad en el Perú: ¿Constitucionalizando el parlamentarismo de facto?
Democracia interna de los partidos y constitucionalismo
PARTE II
ARGUMENTACIÓN JURÍDICA Y DERECHO CONSTITUCIONAL
Argumentación jurídica y Derecho Constitucional
Sobre el constitucionalismo latinoamericano: siete observaciones desde la reciente experiencia peruana
Por un constitucionalismo igualitario. Las minorías en la obra de Luis Prieto Sanchís
La Constitución que emerge: las voces acalladas de las comunidades originarias en el discurso constitucional peruano de comienzos del siglo XXI
La interpretación de la Constitución como búsqueda de sentido común o la interpretación cultural de la Constitución
PARTE III
LA CONSTITUCIÓN DE LOS PRIVADOS
La Constitución económica en cuarentena: mercado, bienes fundamentales y especulación durante la pandemia
Motivación reforzada del control constitucional en el arbitraje
Sentencias estructurales confirmatorias. El caso de los intereses moratorios de los grandes contribuyentes en la jurisprudencia del Tribunal Constitucional
PARTE IV
LA CONSTITUCIÓN MULTINIVEL
Sobre el emergente derecho constitucional indígena en el espacio interamericano. Notas sobre el derecho a la consulta desde la experiencia peruana
Control de convencionalidad de las ratificaciones judiciales en el Perú: notas a partir del caso Cuya Lavy
Margen de apreciación nacional, diálogo judicial y argumentación racional: notas desde el sistema interamericano
PEDRO GRÁNDEZ CASTRO
Es profesor ordinario en la Universidad Nacional Mayor de San Marcos y en la Pontificia Universidad Católica del Perú, donde forma parte del Grupo de Investigación en Derecho Constitucional y Derechos Fundamentales (GIDCYDF).
Ha impartido docencia como Profesor contratado en la Universidad de Piura, la Universidad Privada Antenor Orrego (Trujillo), la Universidad Pedro Ruiz Gallo (Lambayeque), la Universidad Nacional de Cajamarca y la Universidad Nacional San Antonio Abad del Cusco.
Como funcionario público, ha sido Asesor Jurisdiccional del Tribunal Constitucional, director ejecutivo del Centro de Estudios Constitucionales
del Tribunal Constitucional, director general de la Academia de la Magistratura, director general de Justicia y Libertad Religiosa y, posteriormente, director general de Derechos Humanos en el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Ha publicado, Tribunal constitucional y argumentación jurídica (Palestra 2010) y El ascenso de los principios en la práctica constitucional (Palestra 2016).
Es director fundador de la editorial Palestra y ejerce como abogado consultor en la firma Eguiguren y Grández, Abogados Consultores.
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