El servicio público local de agua potable en zonas rurales

S/ 70

El servicio público local de agua potable en zonas rurales

S/ 70

Autor: Braylyn Paredes Aranda (Perú)
Formato: 14.5 x 20.5 cm.
ISBN: 978-612-325-699-9
Páginas: 236
Año: 2026

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La presente investigación analiza el régimen jurídico del servicio público de agua potable, específicamente para el ámbito de prestación de las zonas rurales en Perú. Este estudio se centra en la teoría de la municipalización de los servicios públicos, por lo que se analiza la evolución normativa a partir de las características del servicio público local y las implicancias de que este servicio se encuentre bajo la titularidad y autonomía de los Gobiernos locales. Asimismo, enfatiza las particularidades de su prestación a diferencia del ámbito urbano.

La obra se divide en tres capítulos. En el primero se brinda un marco conceptual sobre la caracterización del servicio de agua potable como servicio público local y se analiza el desarrollo de su municipalización a nivel comparado y particularmente en Perú. En el segundo capítulo se analizan las razones por las cuales no debería admitirse el régimen jurídico particular para su prestación en zonas rurales. Finalmente, en el tercer capítulo, y a partir de críticas a las propuestas del Gobierno nacional, se desarrolla una propuesta de solución a partir del marco normativo vigente.

Presentación

Prólogo

Hoja aclaratoria

Introducción

§ Capítulo I
El servicio de agua potable como servicio público municipalizado
1. Caracterización jurídica del servicio de agua potable como servicio público en el ordenamiento jurídico peruano
2. Principales implicancias de que el servicio público de agua potable constituya un servicio público de carácter local
2.1. Titularidad pública: ¿el establecimiento de una actividad prestacional o un régimen jurídico especial?
2.2. El rol del Estado: ¿prestacional o garantista?
3. Alcances sobre la municipalización del servicio público de agua potable: referencia a experiencias comparadas
3.1. Inglaterra: la experiencia que evidencia el fallo de la municipalización en la prestación del servicio público de agua potable
3.2. Italia y el peso de ser el primer país europeo continental que reguló la municipalización de servicios públicos como el de agua potable
3.3. España, la apuesta por la municipalización del servicio público de agua potable
3.4. Chile, la experiencia que no necesitó de la municipalización del servicio público de agua potable
3.5. Colombia, experiencia que muestra las consecuencias de municipalizar el servicio público de agua potable
4. ¿Cómo se llevó a cabo la municipalización del servicio público de agua potable en el Perú? Breve análisis desde inicios de la República hasta la actualidad
4.1. Primera etapa: consolidación del rol de las municipalidades en el servicio público de agua potable
4.2. Segunda etapa: la separación de ámbitos de prestación y la exclusión de las municipalidades en materia de agua potable para zonas rurales
4.3. Tercera etapa: el camino hacia un régimen municipal “común” para el servicio de agua potable en zonas urbanas y rurales
4.4. Cuarta etapa: el rol actual de las municipalidades en materia de servicio público local de agua potable
5. Elementos que componen la municipalización del servicio público de agua potable en el Perú
5.1. Competencia municipal
5.2. Titularidad municipal
5.3. Autonomía municipal

§ Capítulo II
La prestación municipal del servicio público de agua potable en zonas rurales. Razones que evidencian por qué no se debe admitir su régimen jurídico particular actual
1. El marco constitucional no realiza una diferencia entre zonas urbanas y rurales: impone progresividad y universalidad
1.1. La universalidad como precepto constitucional para asegurar la prestación del servicio a toda la población sin distinción
1.2. El principio de progresividad no debe ser entendido como un concepto indeterminado, sino como el cumplimiento de una planificación articulada
1.3. La universalidad y la progresividad en la Ley N.º 32065 “Ley que establece medidas para asegurar el acceso universal al agua potable”
2.1. La Política Nacional de Saneamiento carece de un diagnóstico integral para el ámbito rural
2.2. El Plan Nacional de Saneamiento 2022-2026 como primer paso para una verdadera planificación nacional que tenga en cuenta el ámbito rural
2.3. La Ley de Servicio Universal de Agua Potable y Saneamiento y su Reglamento establecen una regulación diferenciada para la prestación
del servicio de agua potable en zonas rurales
3. Implicancias de la municipalización del servicio público de agua potable en zonas rurales
3.1. Discordancia normativa para establecer quién es la municipalidad competente para la prestación del servicio público de agua potable en zonas rurales
3.2. Análisis de la competencia, titularidad y autonomía de la municipalidad competente en zonas rurales
3.2.1. Manifestación de competencias municipales en el ámbito rural
3.2.2. La verdadera naturaleza jurídica detrás de las “competencias compartidas”: la avocación municipal
3.2.3. Manifestación de la titularidad municipal en zona rurales
3.2.4. Manifestación de la autonomía municipal en zonas rurales
3.2.5. Ausencia de autonomía municipal a partir del pronunciamiento del Tribunal Constitucional en el “Caso de las normas sobre servicios de saneamiento I” – expediente N.º 007-2016-PI y expediente 003-2017-PI (acumulados)
4. Razones específicas que generan el régimen jurídico particular actual para la prestación del servicio público de agua potable en zonas rurales
4.1. En la prestación del servicio público de agua potable en zonas rurales predomina una gestión indirecta
4.1.1. Gestión directa a través de las unidades de gestión municipal (UGM)
4.1.2. gestión indirecta a través de las organizaciones comunales (OC)
4.2. La inexistencia de sostenibilidad en el ámbito rural: el cobro del servicio de agua potable a través de cuotas familiares
5. Implicancias de la gestión comunal en el servicio de agua potable en zonas rurales
6. Criterios afectados por la particularidad del régimen jurídico de zonas rurales en la prestación del servicio público de agua potable
6.1. Principio de igualdad y no discriminación
6.2. Principio de solidaridad
6.3. Principio de continuidad
6.4. Otros derechos fundamentales afectados

§ Capítulo III
Propuesta de solución ante el régimen jurídico particular actual de la prestación del servicio público de agua potable en zonas rurales
1. Críticas a las propuestas actuales planteadas por el Gobierno nacional
1.1. Régimen de integración de prestadores
1.1.1. Centralización en el Régimen de Integración que contraviene competencias municipales
1.1.2. Cuestionamientos a las modalidades de integración aplicables a las zonas rurales
1.1.3. Se trata de una medida pensada en el corto plazo
1.1.4. Crítica adicional al régimen de integración a partir del pronunciamiento del Tribunal Constitucional en el “Caso de las normas sobre servicios de saneamiento III” – Expediente N.º 00014-2019-PI/TC
1.2. El régimen de buen gobierno corporativo (BGC) como evidencia de una mejora orientada solo al ámbito urbano
1.3. El régimen de apoyo transitorio como segunda evidencia de una medida orientada solo al ámbito urbano, pero además del menoscabo de competencias municipales
2. Cualquier propuesta de solución municipal debe partir por el reconocimiento de la descentralización
2.1. La descentralización implica un reparto de competencias tendiente a la no concentración del poder
2.2. La descentralización es permanente e irreversible
2.3. La descentralización debe ir acompañada de la dotación de capacidad necesaria
3. La mancomunidad de municipalidades como propuesta de solución ante el régimen jurídico particular actual de las zonas rurales
3.1. La no atomización y la flexibilidad como características fundamentales de la mancomunidad de municipalidades
3.2. La prestación del servicio público de agua potable en zonas rurales cumple con los objetivos para la asociatividad municipal
3.3. La mancomunidad municipal otorga una mayor institucionalidad en la prestación del servicio público de agua potable en zonas rurales
3.4. Aspectos de mejora para las mancomunidades municipales que presten el servicio público de agua potable en zonas rurales

§ Conclusiones

§ Bibliografía

BRAYLYN PAREDES ARANDA

Abogada summa cum laude por la Pontificia Universidad Católica del Perú con Título Experto en Contrataciones Públicas por la Universidad de Alicante, España. Miembro del Grupo de Investigación en Derecho Administrativo de la Pontificia Universidad Católica del Perú, en las líneas de investigación de derecho de aguas y procedimiento administrativo general. Se desempeña como asociada del área de Derecho Administrativo, Regulatorio y Contratación Pública en CMS Grau. Cuenta con experiencia asesorando a entidades públicas y privadas, en la elaboración de proyectos normativos, consultoría sobre servicios públicos, contrataciones públicas, asociaciones público-privadas, entre otros.

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