El servicio público local de agua potable en zonas rurales

El servicio público local de agua potable en zonas rurales

Autor:Braylyn Paredes Aranda
Formato: 14.5 x 20.5 cm.
Páginas: 236
Año: 2026

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Esta obra examina el régimen jurídico de la prestación del servicio público de agua potable en zonas rurales del Perú desde la perspectiva de la teoría de la municipalización de los servicios públicos. A través de un enfoque dogmático, histórico y comparado, el estudio analiza la evolución normativa del sector, el rol de las municipalidades en la titularidad y gestión del servicio y las particularidades institucionales que han configurado el modelo actual de prestación.
Sobre esa base, la autora identifica las principales tensiones que presenta el régimen jurídico vigente para las zonas rurales y evalúa sus implicancias frente a principios como la universalidad, la continuidad y la igualdad en el acceso a los servicios públicos. Asimismo, plantea alternativas orientadas a fortalecer la gestión local y contribuir al debate jurídico y de política pública sobre el acceso efectivo al agua potable.

Presentación

Prólogo

Hoja aclaratoria

Introducción

§ Capítulo I
El servicio de agua potable como servicio público municipalizado
1. Caracterización jurídica del servicio de agua potable como servicio público en el ordenamiento jurídico peruano
2. Principales implicancias de que el servicio público de agua potable constituya un servicio público de carácter local
2.1. Titularidad pública: ¿el establecimiento de una actividad prestacional o un régimen jurídico especial?
2.2. El rol del Estado: ¿prestacional o garantista?
3. Alcances sobre la municipalización del servicio público de agua potable: referencia a experiencias comparadas
3.1. Inglaterra: la experiencia que evidencia el fallo de la municipalización en la prestación del servicio público de agua potable
3.2. Italia y el peso de ser el primer país europeo continental que reguló la municipalización de servicios públicos como el de agua potable
3.3. España, la apuesta por la municipalización del servicio público de agua potable
3.4. Chile, la experiencia que no necesitó de la municipalización del servicio público de agua potable
3.5. Colombia, experiencia que muestra las consecuencias de municipalizar el servicio público de agua potable
4. ¿Cómo se llevó a cabo la municipalización del servicio público de agua potable en el Perú? Breve análisis desde inicios de la República hasta la actualidad
4.1. Primera etapa: consolidación del rol de las municipalidades en el servicio público de agua potable
4.2. Segunda etapa: la separación de ámbitos de prestación y la exclusión de las municipalidades en materia de agua potable para zonas rurales
4.3. Tercera etapa: el camino hacia un régimen municipal “común” para el servicio de agua potable en zonas urbanas y rurales
4.4. Cuarta etapa: el rol actual de las municipalidades en materia de servicio público local de agua potable
5. Elementos que componen la municipalización del servicio público de agua potable en el Perú
5.1. Competencia municipal
5.2. Titularidad municipal
5.3. Autonomía municipal

§ Capítulo II
La prestación municipal del servicio público de agua potable en zonas rurales. Razones que evidencian por qué no se debe admitir su régimen jurídico particular actual
1. El marco constitucional no realiza una diferencia entre zonas urbanas y rurales: impone progresividad y universalidad
1.1. La universalidad como precepto constitucional para asegurar la prestación del servicio a toda la población sin distinción
1.2. El principio de progresividad no debe ser entendido como un concepto indeterminado, sino como el cumplimiento de una planificación articulada
1.3. La universalidad y la progresividad en la Ley N.º 32065 “Ley que establece medidas para asegurar el acceso universal al agua potable”
2.1. La Política Nacional de Saneamiento carece de un diagnóstico integral para el ámbito rural
2.2. El Plan Nacional de Saneamiento 2022-2026 como primer paso para una verdadera planificación nacional que tenga en cuenta el ámbito rural
2.3. La Ley de Servicio Universal de Agua Potable y Saneamiento y su Reglamento establecen una regulación diferenciada para la prestación
del servicio de agua potable en zonas rurales
3. Implicancias de la municipalización del servicio público de agua potable en zonas rurales
3.1. Discordancia normativa para establecer quién es la municipalidad competente para la prestación del servicio público de agua potable en zonas rurales
3.2. Análisis de la competencia, titularidad y autonomía de la municipalidad competente en zonas rurales
3.2.1. Manifestación de competencias municipales en el ámbito rural
3.2.2. La verdadera naturaleza jurídica detrás de las “competencias compartidas”: la avocación municipal
3.2.3. Manifestación de la titularidad municipal en zona rurales
3.2.4. Manifestación de la autonomía municipal en zonas rurales
3.2.5. Ausencia de autonomía municipal a partir del pronunciamiento del Tribunal Constitucional en el “Caso de las normas sobre servicios de saneamiento I” – expediente N.º 007-2016-PI y expediente 003-2017-PI (acumulados)
4. Razones específicas que generan el régimen jurídico particular actual para la prestación del servicio público de agua potable en zonas rurales
4.1. En la prestación del servicio público de agua potable en zonas rurales predomina una gestión indirecta
4.1.1. Gestión directa a través de las unidades de gestión municipal (UGM)
4.1.2. gestión indirecta a través de las organizaciones comunales (OC)
4.2. La inexistencia de sostenibilidad en el ámbito rural: el cobro del servicio de agua potable a través de cuotas familiares
5. Implicancias de la gestión comunal en el servicio de agua potable en zonas rurales
6. Criterios afectados por la particularidad del régimen jurídico de zonas rurales en la prestación del servicio público de agua potable
6.1. Principio de igualdad y no discriminación
6.2. Principio de solidaridad
6.3. Principio de continuidad
6.4. Otros derechos fundamentales afectados

§ Capítulo III
Propuesta de solución ante el régimen jurídico particular actual de la prestación del servicio público de agua potable en zonas rurales
1. Críticas a las propuestas actuales planteadas por el Gobierno nacional
1.1. Régimen de integración de prestadores
1.1.1. Centralización en el Régimen de Integración que contraviene competencias municipales
1.1.2. Cuestionamientos a las modalidades de integración aplicables a las zonas rurales
1.1.3. Se trata de una medida pensada en el corto plazo
1.1.4. Crítica adicional al régimen de integración a partir del pronunciamiento del Tribunal Constitucional en el “Caso de las normas sobre servicios de saneamiento III” – Expediente N.º 00014-2019-PI/TC
1.2. El régimen de buen gobierno corporativo (BGC) como evidencia de una mejora orientada solo al ámbito urbano
1.3. El régimen de apoyo transitorio como segunda evidencia de una medida orientada solo al ámbito urbano, pero además del menoscabo de competencias municipales
2. Cualquier propuesta de solución municipal debe partir por el reconocimiento de la descentralización
2.1. La descentralización implica un reparto de competencias tendiente a la no concentración del poder
2.2. La descentralización es permanente e irreversible
2.3. La descentralización debe ir acompañada de la dotación de capacidad necesaria
3. La mancomunidad de municipalidades como propuesta de solución ante el régimen jurídico particular actual de las zonas rurales
3.1. La no atomización y la flexibilidad como características fundamentales de la mancomunidad de municipalidades
3.2. La prestación del servicio público de agua potable en zonas rurales cumple con los objetivos para la asociatividad municipal
3.3. La mancomunidad municipal otorga una mayor institucionalidad en la prestación del servicio público de agua potable en zonas rurales
3.4. Aspectos de mejora para las mancomunidades municipales que presten el servicio público de agua potable en zonas rurales

§ Conclusiones

§ Bibliografía

BRAYLYN PAREDES ARANDA

Abogada summa cum laude por la Pontificia Universidad Católica del Perú. Miembro del Grupo de Investigación en Derecho Administrativo de la Pontificia Universidad Católica del Perú (GIDA PUCP). Cuenta con título de Experto en Contrataciones Públicas por la Universidad de Alicante (España).

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